Factura rectificativa o anulación VeriFactu: códigos R1 a R5 y cuándo usar cada una
Equipo Chiklin · 4 de octubre de 2026 · 8 min de lectura
Te equivocas en una factura: el IVA no era ese, el cliente te devuelve parte del pedido o le aplicas un descuento cuando ya estaba emitida. La primera tentación es borrarla y hacer otra. Es justo lo que no se puede hacer, y con VeriFactu además se nota.
Hay dos herramientas para arreglar una factura y sirven para cosas distintas:
La factura rectificativa corrige una factura que era real: la operación existió, pero algún dato o importe estaba mal o ha cambiado después. La anulación del registro VeriFactu sirve para un registro que nunca debió enviarse: un duplicado, un error de NIF o de serie, una factura que no corresponde a ninguna operación.
En ninguno de los dos casos desaparece nada. Vamos por partes.
La factura rectificativa
La regula el artículo 15 del Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012). Hay que emitirla cuando la factura original no cumple algún requisito o cuando las cuotas de IVA estaban mal calculadas o han cambiado por alguna de las causas del artículo 80 de la Ley del IVA. Tiene que hacerse en cuanto conozcas el error y, como máximo, en los cuatro años siguientes al devengo del impuesto.
Lo que tiene que llevar:
- Su propio número. La ley exige numerar las rectificativas en una serie específica, distinta de la de las facturas normales (art. 6.1.a del Reglamento).
- La referencia a la factura que rectifica (número y fecha).
- El motivo de la rectificación.
- El importe, de una de estas dos formas: indicando la diferencia (lo que sube o lo que baja) o la factura completa ya corregida, que sustituye a la original. En VeriFactu se llaman rectificativa por diferencias y por sustitución.
La factura original no se toca: sigue en tus libros con su número, y la rectificativa la corrige desde fuera.
R1, R2, R3, R4 o R5: qué código elegir
Cada rectificativa lleva un código que dice por qué se rectifica. No es un detalle de
presentación. En VeriFactu ese código es el tipo de factura que recibe la AEAT: una
factura normal viaja como F1, una simplificada como F2 y una rectificativa como su
código, de R1 a R5. Si eliges mal, le estás diciendo a Hacienda algo que no es.
| Código | Cuándo se usa | Ejemplo |
|---|---|---|
| R1 | Error fundado en derecho y causas del art. 80 uno, dos y seis de la Ley del IVA | Aplicaste el 10 % de IVA donde tocaba el 21 %; el cliente devuelve la mercancía; un descuento por volumen posterior a la venta; un precio provisional que se ajusta |
| R2 | Concurso de acreedores del cliente (art. 80 tres) | Tu cliente entra en concurso y recuperas el IVA de lo que no te ha pagado |
| R3 | Créditos incobrables (art. 80 cuatro) | Una factura impagada que cumple los requisitos de plazo y reclamación para recuperar el IVA |
| R4 | Resto de causas | Errores en datos de la factura que no encajan en los anteriores: dirección o razón social del cliente, descripción |
| R5 | Rectificativa de una factura simplificada | Corriges un ticket |
Dos reglas que conviene tener claras:
El R5 es exclusivo de las simplificadas. La AEAT reserva el R5 para rectificar
facturas simplificadas (los tickets, hasta 400 € IVA incluido en general) y los códigos R1
a R4 para las facturas completas. Las dos combinaciones cruzadas están mal: un R5 sobre
una factura ordinaria, o un R4 sobre un ticket.
R1 y R4 se confunden mucho. Si lo que cambia es el importe o el IVA por una causa
legal (devolución, descuento posterior, tipo de IVA equivocado), es R1. El R4 es el cajón
para todo lo demás. Ante una duda de verdad, pregúntale a tu asesor: el código se transmite
a la AEAT y no se puede cambiar después.
La anulación de un registro VeriFactu
Con VeriFactu, cada factura genera un registro de alta que el programa envía a la AEAT, con una huella (hash) encadenada a la del registro anterior. Puede pasar que ese registro no debiera existir:
- la factura se emitió dos veces por error;
- se generó con el NIF, la serie o la fecha equivocados;
- la factura no corresponde a ninguna operación real (una prueba que se coló, un documento que nunca se entregó).
Para eso el Reglamento VeriFactu (Real Decreto 1007/2023) prevé el registro de anulación. La AEAT lo deja claro en sus preguntas frecuentes: los registros de alta se conservan en el sistema aunque sean incorrectos, y se genera un registro de anulación enlazado al registro anulado. Y las facturas emitidas, aunque estén mal, se mantienen con su numeración.
O sea: anular tampoco borra. Añade un registro nuevo, con su propia huella encadenada, que deja sin efecto el anterior. Al comprobar el QR de esa factura en la Sede de la AEAT, ya no figurará como una factura válida.
Cuál usar en cada caso
| Situación | Qué toca |
|---|---|
| Te equivocaste en el tipo de IVA | Rectificativa R1 |
| El cliente devuelve parte del pedido | Rectificativa R1 por la parte devuelta |
| La operación se cancela entera después de facturarla | Rectificativa R1 por el total |
| Error en la dirección del cliente | Rectificativa R4 |
| Un ticket con un importe mal cobrado | Rectificativa R5 |
| Emitiste la misma factura dos veces | Anulación del registro duplicado |
| La factura salió con tu serie o tu NIF equivocados | Anulación, y se emite la correcta |
| Una factura de prueba se registró como real | Anulación |
La pregunta clave es ¿hubo una operación real detrás? Si la hubo, la factura existe y se corrige con una rectificativa, aunque la corrección sea dejarla a cero. Si no la hubo, o el registro está duplicado, se anula.
Por qué hacer desaparecer una factura real es lo que la norma persigue
VeriFactu nace de la Ley 11/2021 antifraude, y su objetivo es uno: acabar con los programas que permiten ocultar ventas. Un programa que deja borrar una factura emitida, o modificarla sin dejar rastro, es exactamente el «software de doble uso» que la ley prohíbe (art. 29.2.j de la Ley General Tributaria).
Las sanciones del artículo 201 bis de la LGT van en esa línea: hasta 50.000 € por ejercicio para quien use un programa que no garantice la integridad de los registros, y hasta 150.000 € para quien lo fabrique o lo venda.
Por eso usar la anulación para quitar de en medio una factura que sí correspondía a una venta no es un atajo, sino justo la ocultación que la norma quiere evitar. Aunque el programa te deje darle al botón, el registro de anulación queda encadenado, con fecha y con el motivo que escribiste, y la operación sigue habiendo existido. La vía correcta es la rectificativa.
Qué significa «anular» en Chiklin (y por qué no es eliminar)
En Chiklin no existe un botón de eliminar facturas, y no es un descuido de la interfaz: la propia base de datos no permite borrar una factura emitida. «Anular» puede significar dos cosas, y ninguna borra nada.
1. Emitir una rectificativa total. Es lo que haces cuando la operación se cae entera. En Facturas → Nueva factura eliges el tipo Rectificativa, buscas la factura original, indicas el código y el motivo y marcas Total: Chiklin rellena las líneas con los mismos importes en negativo. Al emitirla, la original pasa a mostrarse como Anulada en tu lista, pero sigue ahí: con su número, su PDF y su registro VeriFactu intactos. La rectificativa tiene número propio, lleva impreso en el PDF a qué factura rectifica y por qué, y se envía a la AEAT con su código.
Chiklin además comprueba el código antes de crear nada. Si eliges R5, solo te deja
buscar facturas simplificadas; y si intentas rectificar un ticket con R1–R4, o una
factura ordinaria con R5, te lo impide y te explica por qué. La misma regla está también
en el servidor, así que no depende de lo que haga el navegador.
2. Anular el registro VeriFactu. En la lista de facturas, junto al estado VeriFactu, el botón Anular abre un aviso que explica para qué es: solo para un registro enviado por error, no para corregir importes. El motivo es obligatorio («duplicado», «NIF incorrecto»…) y queda guardado junto al registro, para que puedas justificarlo si la AEAT pregunta. Chiklin crea entonces un registro de anulación nuevo, encadenado con su huella al anterior, y lo envía a la AEAT. Cada factura solo admite una anulación. La factura sigue en tu lista, marcada como Anulado.
En los dos casos el historial completo se conserva, que es lo que hace que tu facturación sea verificable y lo que te protege si un día te piden explicaciones.
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Fuentes: Real Decreto 1619/2012, Reglamento de facturación (BOE) · Ley 37/1992 del IVA, art. 80 (BOE) · Real Decreto 1007/2023, Reglamento VeriFactu (BOE) · Preguntas frecuentes sobre registros de anulación (AEAT)